Partes:
BETTERECYCLING CORPORATION V. MUNICIPIO DE YAUCO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500698
Año:
2015
Fecha:
17 de julio de 2015
El Tribunal de Apelaciones desestimó un recurso de revisión judicial presentado por Betterecycling Corporation contra la Junta de Subastas del Municipio de Yauco. Betterecycling impugnaba la adjudicación de la Subasta 2015-16 Renglón 4 y 5 a R&F Asphalt Unlimited, Inc. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción del tribunal. Según la Ley de Municipios Autónomos, el término para solicitar revisión judicial de una adjudicación de subasta es de diez días a partir del depósito en correo de la notificación. La Junta de Subastas notificó su determinación el 19 de junio de 2015, según el ponche del correo. Bettercycling Corporation presentó su recurso el 30 de junio de 2015, transcurridos once días desde la notificación. El tribunal rechazó el argumento de Bettercycling sobre una fecha de notificación posterior basada en rastreo electrónico, prevaleciendo la fecha del ponche. Al haberse presentado el recurso fuera del término jurisdiccional de diez días, el tribunal carecía de autoridad para atender el caso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA PANEL VIII | ||
|---|---|---|
| Betterecycling Corporation | Revisión procedente de la Junta de Subastas, Municipio de Yauco | |
| Recurrente | KLRA201500698 | |
| v. | Serie 2015-16 Renglón 4 y Renglón 5 | |
| Gobierno Municipal de Yauco y su Junta de Subastas | Sobre: Revisión Administrativa | |
| Recurrida | ||
| R&F Asphalt Unlimited Inc., Transporte Rodríguez Asfalto, Inc. | ||
| Licitadores |
Panel integrado por su presidente el...
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