Partes:
RIVERA CRESPO, LUIS A V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500663
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resuelve un recurso de revisión administrativa presentado por Luis A. Rivera Crespo contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, un confinado en silla de ruedas, impugnó la desestimación de su solicitud de remedio administrativo sobre ser esposado durante servicios médicos. Tras agotar los remedios administrativos, incluyendo una solicitud de reconsideración que fue denegada, acudió al Tribunal. El recurrente alegó que la notificación de la respuesta inicial fue defectuosa al no informarle el término para recurrir judicialmente. El Tribunal explica que el Reglamento 8522 requiere agotar los trámites administrativos antes de la revisión judicial. Cita la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, que permite la revisión judicial solo de órdenes o resoluciones finales tras agotar los remedios internos. El Tribunal concluye que la determinación administrativa fue correcta. Por tanto, se confirma la Resolución recurrida.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL BAYAMÓN PANEL ESPECIAL | ||
|---|---|---|
| Luis A. Rivera Crespo | Revisión administrativa procedente de la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación Respuesta de reconsideración: B-20121-14 | |
| Recurrente | KLRA201500663 | |
| Departamento de Corrección y Rehabilitación Recurrida |
Panel especial integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Cas...
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