Partes:
RESTO AYALA, LISANDRO VS JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500660
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una revisión administrativa presentada por el confinado Lisandro Resto Ayala contra la Junta de Libertad Bajo Palabra. El recurrente alegó que la Junta no respondió a su solicitud de un programa de desvío. Al examinar el recurso, el tribunal determinó que no cumplía con los requisitos procesales para las revisiones administrativas ante el Tribunal de Apelaciones. El tribunal citó las Reglas 59(C) y 59(E) de su Reglamento, que especifican el contenido y el apéndice necesarios para tales recursos. El recurrente no incluyó elementos esenciales como la base jurisdiccional, una referencia clara a la decisión administrativa impugnada, los hechos pertinentes, los errores señalados y un apéndice adecuado con documentos relevantes. El tribunal enfatizó que el cumplimiento de estas reglas es obligatorio para todas las partes, incluso las que comparecen por derecho propio. El incumplimiento de estos requisitos procesales justifica la desestimación. Por consiguiente, el tribunal desestimó el recurso del recurrente.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE PANEL ESPECIAL | ||
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| LISANDRO RESTO AYALA Recurrente v. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA Recurrida | KLRA201500660 | Revisión Administrativa procedente del Ponce Caso Núm.: ISCR201200168 Por: Art. 18 Ley 8 Recalificado Art. 19 Ley 8 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Romero García.
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