Partes:
HERNANDEZ GONZALEZ, DAVID V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500536
Año:
2015
Fecha:
11 de junio de 2015
El Tribunal de Apelaciones revisa una decisión del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, un miembro de la población correccional, impugnó la demora en recibir respuesta a una solicitud de reconsideración sobre una determinación de clasificación. Presentó una solicitud de remedio administrativo que fue inicialmente desestimada por falta de jurisdicción. Tras solicitar reconsideración, el Coordinador Regional de Remedios Administrativos revocó la desestimación inicial. Determinó que la División sí tenía jurisdicción porque el reclamo era sobre un alegado incumplimiento procesal por la demora en la respuesta. El Coordinador también encontró que la respuesta a la reconsideración ya se había emitido, pero no constaba su notificación al recurrente, ordenando que se le notificara. El recurrente acudió al Tribunal de Apelaciones alegando que aún no había recibido el documento y que se violaban los términos reglamentarios. El Tribunal aplicó el estándar de revisión judicial a las decisiones administrativas, otorgando deferencia a los hallazgos de hecho de la agencia. Finalmente, el Tribunal confirmó la resolución recurrida del Coordinador Regional.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE Y GUAYAMA PANEL VII | ||
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| DAVID HERNÁNDEZ GONZÁLEZ Recurrente v. DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Agencia Recurrida | KLRA20150536 | Revisión judicial procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Respuesta de Reconsideración núm. CDB-2443-14 Sobre: Apelación del Comité de Clasificación y Tratamiento |
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