Partes:
A.S.R.R. V. DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500454
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
Caso ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre servicios de educación especial para una estudiante con impedimentos. El Programa Escolar Individualizado (PEI) de la menor para 2013-2014 requería ubicación en salón regular con servicios de salón recurso. El Departamento de Educación (DE) incumplió al no nombrar la maestra de educación especial requerida. Ante la falta de servicios, la madre matriculó a la menor en una escuela privada y solicitó reembolso de gastos. El DE denegó el reembolso, alegando notificación incorrecta de la ubicación unilateral. La jueza administrativa reconoció el incumplimiento del DE pero denegó el reembolso por el defecto en la notificación. La madre recurrió la decisión, argumentando que el incumplimiento del DE justificaba el reembolso. El Tribunal de Apelaciones revisó la Resolución administrativa. El Tribunal concluyó que la denegatoria del reembolso fue incorrecta. Por tanto, el Tribunal revocó la Resolución recurrida del Departamento de Educación.
A.S.R.R.,
Recurrente, v.
DEPARTAMENTO DE
EDUCACIÓN,
Recurrida.
ANEVISEÓN Administrativa procedente del Departamento de Educación.
Querella Núm.: 2014-095-090.
Sobre: Educación Especial.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Romero García.
Romero García, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015. La parte recurrente, Dalemar Ramírez Villahermosa (Sra. Ramírez), en representa...
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