Partes:
PRACTICA DE FLEBOTOMIA O VENOPUNCION V. MENONNITE GENERAL HOSPITAL INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500419
Año:
2015
Fecha:
23 de julio de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia en respuesta a un recurso de revisión judicial. Varios hospitales y una enfermera práctica impugnaron la Resolución Interpretativa y Orden 2014-1006-Enmendada de la Junta Examinadora de Enfermeras(os). Dicha resolución establecía que la práctica de flebotomía o venopunción no es una función de la enfermería práctica. La Junta argumentó que las enfermeras prácticas no están autorizadas legalmente para realizar este procedimiento invasivo. La resolución prohibía a las enfermeras prácticas realizar flebotomía y advertía sobre las consecuencias de la práctica ilegal y la complicidad de los patronos. Los recurrentes solicitaron la nulidad de esta determinación administrativa. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción del tribunal para atender el caso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL ESPECIAL ¹ | ||
|---|---|---|
| MENONITE GENERAL HOSPITAL, INC.; HOSPITAL MENONITA DE CAGUAS, INC.; PRESBYTERIAN COMMUNITY HOSPITAL, INC.; y CONSUELO VILLALONGO Recurrentes | KLR | REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Junta Examinadora de Enfermeras(os) de Puerto Rico del Departamento de Salud |
| v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE SALUD; JUNTA EXAMINADORA DE ENFERMERAS(OS) DE PUERTO RICO | KLRA201500419 | Caso Núm.: Q-2014-809 |
| Recurri... |
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