Partes:
RIVERA CRESPO, LUIS A V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500410
Año:
2015
Fecha:
29 de mayo de 2015
Luis A. Rivera Crespo, confinado bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. Impugnaba la respuesta de la División de Remedios Administrativos a su solicitud sobre servicios médicos, específicamente la denegación de un referido. Tras recibir la respuesta inicial, Rivera Crespo solicitó reconsideración. Sin embargo, el expediente ante el Tribunal no contenía la respuesta a dicha petición de reconsideración. El Tribunal requirió al recurrente que presentara copia de la respuesta en reconsideración, un requisito jurisdiccional para la revisión judicial. Rivera Crespo incumplió con este requerimiento dentro del plazo concedido. La doctrina de agotamiento de remedios administrativos exige que se complete el proceso administrativo antes de acudir a la vía judicial. Al no presentar la determinación final de la agencia tras la reconsideración, el recurrente no demostró haber agotado los remedios administrativos. Por tanto, el Tribunal no está en posición de considerar el recurso en sus méritos.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico Tribunal de Apelaciones Panel Especial Para la REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN | ||
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| Luis A. Rivera Crespo Recurrente | KLRA201500410 | REVISIÓN JUDICIAL procedente de la División de Remedios Administrativos Solicitud núm.: B-339-15 |
| Departamento de CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Recurrido | Sobre: Servicios médicos |
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa
Steidel Figueroa, Juez Ponente
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