Partes:
ROMERO HERNANDEZ, JUAN VS D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500407
Año:
2015
Fecha:
12 de mayo de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico conoció de un recurso de revisión judicial presentado por Juan Romero Hernández, confinado en una institución correccional. El recurrente solicitaba la revisión de una determinación administrativa que ratificó su clasificación de custodia máxima. Dicha determinación fue confirmada por el Comité de Clasificación de Confinados a Nivel Central el 12 de febrero de 2015 y notificada al recurrente el 9 de marzo de 2015. El tribunal, antes de evaluar los méritos, examinó su jurisdicción. Se recordó que la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y el Reglamento del Tribunal de Apelaciones establecen un término jurisdiccional de 30 días para solicitar revisión judicial tras la notificación de la orden final. Al constatar que el recurso fue presentado fuera de este término, el tribunal determinó que carecía de jurisdicción. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de revisión judicial por presentación tardía.
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