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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLRA201500388

MORALES DIAZ, CARLOS V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

MORALES DIAZ, CARLOS V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLRA201500388

Año:

2015

Fecha:

28 de mayo de 2015

Resumen

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Carlos Morales Díaz contra la Junta de Libertad Bajo Palabra. El recurrente solicitó la revisión de una Resolución de la Junta del 22 de julio de 2014, notificada el 9 de septiembre de 2014, que pospuso la determinación en su caso por 180 días. El recurrente presentó su recurso el 3 de marzo de 2015. El Tribunal se enfoca en su jurisdicción para atender el caso, destacando que un recurso presentado fuera de término carece de ella. La Regla 57 establece un término jurisdiccional de 30 días para presentar el escrito de revisión a partir de la notificación de la resolución final. En este caso, el término venció el 9 de octubre de 2014. Dado que el recurso fue presentado el 3 de marzo de 2015, se presentó fuera del término jurisdiccional. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones carece de jurisdicción para considerar los méritos del recurso. La sentencia desestima el recurso por falta de jurisdicción debido a su presentación tardía.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN
CARLOS MORALES DÍAZ
Recurrente
Vs.
JUNTA DE LIBERTAD
BAJO PALABRA
Recurrida
KLRA201500388Revisión
administrativa
procedente de la
Junta de Libertad
Bajo Palabra
Caso Núm.: 57121
Sobre: Posposición de
Determinación de la
Junta
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Soroeta Kodesh
García García, Juez Ponente
SENTENCI...
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