Partes:
MONTANO ESCOBAR, ZAIDA V. DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500373
Año:
2015
Fecha:
20 de julio de 2015
La recurrente, maestra del Departamento de Educación, reclamó el reembolso de gastos de dieta y millaje por el uso de su vehículo privado. Tras la negativa del Departamento, apeló ante la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP). La CASP desestimó el caso por falta de jurisdicción, argumentando que las reclamaciones de dieta y millaje corresponden al Departamento de Hacienda. La recurrente solicitó reconsideración, que fue denegada, y acudió al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal revisó la decisión de la CASP y el alcance de su jurisdicción según el Plan de Reorganización Núm. 2-2010. Determinó que la jurisdicción de la CASP está limitada a asuntos específicos no relacionados con reclamaciones de dieta y millaje bajo reglamentos de Hacienda. Confirmó que la CASP actuó correctamente al declararse sin jurisdicción. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución de la CASP que desestimó la reclamación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN ¹ PANEL ESPECIAL | ||
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| ZAIDA E. MONTANO ESCOBAR | KLRA201500373 | Revisión Administrativa procedente de Comisión Apelativa del Servicio Público |
| RECURRENTE | ||
| Caso Núm.: CASP 2014-01-0368 | ||
| DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN | ||
| Sobre: Reclamación de Dieta y Millaje | ||
| RECURRIDA | Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Romero García. | |
| Brignoni Mártir, Jueza Ponente | ... |
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