Partes:
ORTIZ RIVERA, LUIS R V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500295
Año:
2015
Fecha:
17 de abril de 2015
Se revisa una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación que desestimó una solicitud de remedio administrativo. El recurrente, un confinado paciente psiquiátrico, alegó negligencia del personal correccional por no atenderlo cuando se sentía descompensado, lo que lo llevó a autolesionarse. Solicitó una indemnización de $175,000 por daños y perjuicios a través del proceso administrativo. La solicitud fue desestimada inicialmente por incumplir el reglamento de remedios administrativos, que exige buena fe y lenguaje adecuado. El recurrente solicitó reconsideración, reiterando sus alegaciones y mencionando falta de medicamentos. La reconsideración fue denegada, confirmando la desestimación. Se determinó que el expediente médico contradecía la alegación del recurrente sobre la falta de medicamentos. Además, se señaló que la división administrativa no tiene facultad para conceder indemnizaciones monetarias por daños. El Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE - GUAYAMA PANEL VII | ||
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