Partes:
ATLANTIS HEALTH CARE GROUP, PR, INC V. BIO MEDICAL APPLICATION OF PONCE, INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500261
Año:
2015
Fecha:
11 de mayo de 2015
Sentencia judicial sobre la operación de centros de diálisis en Puerto Rico, involucrando a Atlantis Healthcare Group y Biomedical Applications. Se rige por la Ley Núm. 2 de 1975 y el Reglamento Núm. 112 sobre Certificados de Necesidad y Conveniencia. El Reglamento 112 establece criterios generales y particulares para la aprobación de facilidades de salud. Para los centros de diálisis, el Artículo VII(E) del Reglamento especifica requisitos como una utilización del 80% en tres turnos y evitar un exceso de oferta en el área de servicio. El caso se centra en la Región Sur, Sub-región de Ponce, que abarca varios municipios. En esta región operan centros de diálisis de Atlantis y Biomedical, existiendo también un centro de Biomedical aprobado pero aún no en funcionamiento.
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramirez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Flores García, y el Juez Sánchez Ramos.
Brau Ramírez, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 11 de mayo de 2015.
-I-
La recurrida Atlantis Healthcare Group P.R., Inc. ("Atlantis") es una entidad organizada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, dedicada a la operación de centros de diálisis. Según las determinaciones de la agencia recurrida, Atlantis opera 15 centros de diálisis en la Isla, incluyendo en la ciudad de Ponce.
La operación de este tipo de ...
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