Partes:
MARCIAL DIAZ, EDGARDO V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500179
Año:
2015
Fecha:
13 de marzo de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó un recurso de revisión administrativa presentado por Edgardo Marcial Díaz contra la Junta de Libertad Bajo Palabra. El señor Marcial Díaz solicitaba la revisión de una resolución de la Junta relacionada con un acta de suspensión. El tribunal fundamentó su decisión en el incumplimiento del recurrente con las normas procesales apelativas. Señaló que el escrito presentado carecía de señalamientos de error y no exponía claramente las controversias. Además, no se incluyó la resolución impugnada en su totalidad. El tribunal recordó la importancia de perfeccionar los recursos conforme a la ley y el reglamento para que el foro apelativo pueda ejercer su jurisdicción y atender los méritos. La desestimación procede cuando el incumplimiento impide al tribunal atender el caso. La comparecencia por derecho propio no justifica la falta de cumplimiento con los requisitos reglamentarios.
| EDGARDO MARCIAL DIAZ | KLRA201500179 | Revisión Administrativa de la Junta de Libertad bajo Palabra |
|---|---|---|
| Recurridas | Querella Núm: 127177 | |
| JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA | Sobre: Acta de suspensión | |
| Recurrente |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa.
Nieves Figueroa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 13 de marzo de 201...
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