Partes:
RODRIGUEZ SANTIAGO, WALDEMAR V V. JURADO HIPICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500163
Año:
2015
Fecha:
11 de marzo de 2015
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una controversia hípica originada en una carrera. Tras una alegada interferencia, el Jurado Hípico emitió una determinación que fue apelada ante la Junta Hípica. La propietaria de uno de los caballos y el Administrador Hípico argumentaron que la Junta Hípica carecía de jurisdicción para revisar las apreciaciones del Jurado. La Junta Hípica denegó la desestimación y ordenó una vista para discutir la jurisdicción y los méritos. Esta orden fue recurrida ante el Tribunal de Apelaciones por Silent Stable, Inc. Un panel anterior del Tribunal ya había dictaminado que la Junta Hípica no tiene jurisdicción para alterar la apreciación del Jurado Hípico. No obstante, esa sentencia previa consideró el recurso prematuro, señalando que la Junta Hípica sí podía revisar la sanción impuesta. El presente recurso busca la revisión de la orden de la Junta Hípica de celebrar la vista, planteando la cuestión de su procedencia tras la determinación jurisdiccional previa.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Juez Rivera Marchand.
Rivera Marchand, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 11 de marzo de 2015. Comparece ante nosotros el Sr. Luis Archilla Díaz y Silent Stable, Inc. (recurrentes) mediante recurso de revisión judicial para revisar una orden dictada por la Junta Hípica de la Administración de la Industria y el Deporte Hípico (Junta Hípica). La orden recurrida señaló un...
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