Partes:
REYES TORRES, CARLOS V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500129
Año:
2015
Fecha:
20 de mayo de 2015
El Tribunal de Apelaciones revisa la decisión del Departamento de Corrección que revocó el privilegio de pase extendido con supervisión electrónica de Carlos Reyes Torres. El recurrente fue acusado de incumplir condiciones del programa, lo que inició el proceso de revocación. Tras una vista inicial, se señaló una vista final para determinar la revocación. Sin embargo, la abogada del recurrente no fue notificada de la fecha de esta vista final. La audiencia se celebró sin su representación legal, resultando en la revocación del privilegio. El recurrente apeló, alegando una violación a su derecho al debido proceso de ley por la falta de notificación. El Departamento de Corrección admitió el error procesal y se allanó a la solicitud del recurrente. El Tribunal determinó que la falta de notificación constituyó una violación al debido proceso. Por tanto, revocó la decisión del Departamento. Se ordenó la celebración de una nueva vista final con la debida notificación a la representación legal del recurrente.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGION JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL II | ||
|---|---|---|
| CARLOS REYES TORRES | Revisión | |
| Recurrente | Administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación | |
| V. | KLRA201500129 | |
| DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN | Violación al debido Proceso de Ley/ Revocación Programa de Desvio | |
| Recurrido |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Rodríguez Casillas, Juez Ponente
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