Partes:
MULERO ORTIZ, REYNALDO VS A DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500060
Año:
2015
Fecha:
23 de junio de 2015
Reinaldo Mulero Ortiz solicitó la revisión judicial de una Resolución de la Oficina de Apelaciones de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA). Dicha resolución desestimó por falta de jurisdicción la apelación presentada por Mulero Ortiz contra su cesantía de un puesto transitorio. El recurrente alegó que, por el tiempo trabajado y las funciones realizadas, tenía derecho propietario sobre el puesto. La AAA argumentó que la Oficina de Apelaciones carecía de autoridad para revisar el caso al no ser Mulero Ortiz un empleado regular de carrera. El foro administrativo declaró sin jurisdicción para atender la apelación, confirmando que el recurrente nunca fue un empleado regular. Mulero Ortiz recurrió ante el Tribunal de Apelaciones, señalando errores en la determinación de su status y la falta de jurisdicción. El Tribunal examinó la Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público y la jurisprudencia sobre empleados transitorios. Se recordó que un empleado transitorio solo tiene expectativa de continuidad durante el término de su nombramiento y no goza de derecho de permanencia. La cesantía al vencer el término del nombramiento no constituye una suspensión o destitución. El Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución recurrida, validando la desestimación por falta de jurisdicción.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS-HUMACAO PANEL IX | ||
|---|---|---|
| REINALDO MULERO ORTIZ Recurrente v. AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO Recurrida | KLRA201500060 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Oficina de Apelación de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados Caso. Núm.: OA-14-011 Sobre: CESANTÍA |
| Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Martí, la Jueza Domínguez Irizarry ... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito