Partes:
QUILES LOPEZ, PEDRO V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201401491
Año:
2015
Fecha:
29 de enero de 2015
El Sr. Pedro A. Quiles López comparece ante el Tribunal de Apelaciones solicitando que se declaren agotados los remedios administrativos o se le exima de dicho requisito. Su propósito es poder continuar con un caso de daños y perjuicios que instó previamente en el Tribunal de Primera Instancia. El foro primario había ordenado el archivo administrativo de dicho caso, reservándose la jurisdicción, en espera de que se completaran los trámites administrativos ante el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El señor Quiles López acudió directamente al Tribunal de Apelaciones para obtener la determinación necesaria para reactivar su caso. Sin embargo, la competencia del Tribunal de Apelaciones se limita a la revisión judicial de decisiones del Tribunal de Primera Instancia o agencias administrativas. El Tribunal de Apelaciones no tiene competencia para hacer la determinación solicitada, ya que el asunto corresponde al Tribunal de Primera Instancia que retuvo jurisdicción sobre el caso original. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones debe declarar su falta de competencia y desestimar la solicitud.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Jueza Gómez Córdova y la Juez Rivera Marchand.
Rivera Marchand, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2015. Comparece ante nosotros, por derecho propio, el Sr. Pedro A. Quiles López (señor Quiles López) y solicita que declaremos agotados los remedios administrativos que utilizó ante la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamen...
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