Partes:
RODRIGUEZ FELICIANO, FLORES V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201401466
Año:
2015
Fecha:
30 de enero de 2015
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que revisa una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, un confinado, solicitó copia del registro de visitas de abogados a otro confinado en una institución correccional para los años 2008-2011. El Departamento desestimó la solicitud por no cumplir con el Reglamento Núm. 8145. Las razones principales fueron que la solicitud se presentó fuera del término de 15 días y que un miembro de la población correccional no puede solicitar remedios en representación de otro. El recurrente impugnó esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal, aplicando el principio de deferencia a las agencias administrativas, confirmó la resolución del Departamento. Se destacó que las decisiones administrativas basadas en evidencia sustancial gozan de presunción de legalidad. El recurrente no presentó evidencia suficiente para rebatir la determinación de la agencia.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres
Ramos Torres, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de enero de 2015. Comparece ante este Tribunal de Apelaciones, el señor Flores Rodríguez Feliciano (señor Rodríguez Feliciano o recurrente), por derecho propio, y solicita que revisemos la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamento), emitida el 24 de noviembre de 2014....
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