Partes:
OFICINA DEL PROCURADOR DEL PACIENTE V. HOSPITAL HIMA CAGUAS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201401401
Año:
2015
Fecha:
24 de febrero de 2015
Hospital HIMA-Caguas solicitó la revisión administrativa de una decisión de la Oficina del Procurador del Paciente (OPP). La OPP le había impuesto una multa administrativa de $3,000. Esta sanción se debió a que el hospital no proveyó el expediente médico de una paciente menor de edad, alegando que se había extraviado. La madre de la paciente presentó la querella inicial ante la OPP. HIMA-Caguas impugnó la decisión, señalando errores jurisdiccionales y procesales por parte de la OPP. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso bajo el amparo de la Ley 194-2000, la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente. Dicha ley busca asegurar el acceso a servicios de salud de calidad y el conocimiento de los derechos de los pacientes, incluyendo el acceso a su información médica. Tras examinar los argumentos del recurrente, el Tribunal determinó que la decisión de la OPP era correcta. Por lo tanto, el Tribunal confirmó la determinación administrativa que impuso la multa a HIMA-Caguas.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL III OFICINA DEL PROCURADOR DEL PACIENTE Recurrido v HOSPITAL HIMA-CAGUAS Recurrente
REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Oficina del Procurador del Paciente
CASO NÚM. 230813CE004
SOBRE: LEY NÚM. 194de 25 de agosto de 2000, según enmendada
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa
Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de febrero de 2015. Comparece ante nos HIMA -Caguas y so...
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