Partes:
RIVERA CRESPO, LUIS A V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201401277
Año:
2015
Fecha:
12 de febrero de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolvió un recurso presentado por el confinado Luis Rivera Crespo contra una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El confinado había solicitado un remedio administrativo quejándose de manera vaga sobre condiciones institucionales sin proveer hechos específicos. Corrección desestimó la solicitud inicial y la posterior reconsideración, fundamentándose en que el confinado no ofreció la información necesaria para dilucidar su reclamo. La agencia requirió que el recurrente se circunscribiera al remedio solicitado y proveyera detalles conforme al Reglamento 8145. Este reglamento establece el procedimiento para las solicitudes de remedios administrativos de la población correccional y exige especificidad. El Tribunal de Apelaciones examinó los escritos de las partes. Tras el análisis, el tribunal confirmó la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. La decisión valida la exigencia de la agencia de que las solicitudes de remedio administrativo cumplan con los requisitos de información detallada establecidos en la normativa aplicable.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN PANEL II
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Rodríguez Casillas, Roberto, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 12 de febrero de 2015. El 17 de noviembre de 2014 el confinado Luis Rivera Crespo (en adelante el recurrente) compareció ante este foro apelativo solicitando la revocación de una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación (en adelante Corrección o recurrido). El 14 de enero d...
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