Partes:
ROIG RODRIGUEZ, JUAN V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201401246
Año:
2015
Fecha:
23 de julio de 2015
El Tribunal de Apelaciones revisó la resolución del Departamento de Corrección que confirmó la separación de Juan Roig Rodríguez de su trabajo como servidor de alimentos. El recurrente fue removido de su puesto tras incidentes por los que alegó haber sido declarado "no incurso" en el proceso disciplinario correspondiente. La administración penitenciaria justificó la medida por supuestas agresiones a otros confinados, apelando a la seguridad institucional. El señor Roig argumentó que, conforme al reglamento, una querella desestimada no puede ser utilizada en su contra para decisiones de clasificación o trabajo. La Procuradora General coincidió en que una querella desestimada no debe usarse en evaluaciones posteriores. Tras examinar el recurso y el derecho aplicable, el Tribunal determinó que la resolución administrativa debía ser revocada. La decisión judicial implica que la separación del trabajo basada en los incidentes desestimados fue considerada improcedente.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ-AGUADILLA PANEL X | ||
|---|---|---|
| JUAN ROIG RODRIGUEZ | Revisión Administrativa procedente de la División de Remedios Administrativos | |
| Recurrente | KLR | |
| v. | ||
| DEPARTAMENTO DE CORRECCION Y REHABILITACION | ||
| Recurridos |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa.
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de julio de 2015. Comparece ante nosotros, mediante recu...
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