Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RAMOS AMADOR, ERNESTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLEM201500009
Año:
2015
Fecha:
27 de marzo de 2015
El Tribunal de Apelaciones emitió una Resolución el 27 de marzo de 2015 en respuesta a un escrito presentado por Ernesto Ramos Amador, quien compareció por derecho propio. El escrito intentaba explicar hechos relacionados con un proceso criminal y convicción. El tribunal reafirmó su deber de velar por su jurisdicción, la cual está definida por ley para revisar resoluciones u órdenes del Tribunal de Primera Instancia mediante certiorari. Al evaluar el escrito, el tribunal determinó que el señor Ramos no incluyó los documentos esenciales del procedimiento de instancia, particularmente la resolución que deseaba revisar. Tampoco identificó una determinación específica del TPI para su consideración, solo refiriendo números de caso. Aunque la ley busca facilitar el acceso, el tribunal recordó que los litigantes, incluso los que comparecen por derecho propio, deben cumplir con las reglas procesales para la presentación de recursos. La falta de presentación de documentos que acrediten la jurisdicción e identifiquen el señalamiento constituye un incumplimiento que puede acarrear la desestimación. Por tanto, el tribunal resolvió desestimar el escrito del señor Ramos por no cumplir con los requisitos procesales.
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodriguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa
Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 2015. Comparece por derecho propio el señor Ernesto Ramos Amador (señor Ramos). Nos presenta un escrito de dos páginas, en las que intenta explicar lo hechos a raíz de los cuales aparentemente fue objeto de un proceso criminal y convicto.
Considerado el referi...
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