Partes:
CRUZ OLMO, JULIO V. PEREZ MORALES, CESAR MANUEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500434
Año:
2025
Fecha:
23 de abril de 2025
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un auto de Certiorari presentado por César M. Pérez Morales y Lydia Z. Merced Hernández. Los peticionarios solicitan la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación en un caso de ejecución de hipoteca y cobro de dinero. Alegaron que los demandantes, Julio Cruz Olmo y Marta M. Sánchez Santiago, incumplieron con la Ley 184-2012 al no ofrecer alternativas de mitigación de pérdidas. El Tribunal de Apelaciones recuerda que previamente confirmó la decisión del foro primario. En aquella ocasión, determinó que las disposiciones de mitigación de pérdidas no aplican a personas naturales privadas, solo a instituciones financieras. Dicha determinación fue validada por la denegatoria de un auto por el Tribunal Supremo. A pesar de estos precedentes, los peticionarios presentaron una nueva moción de desestimación basada en los mismos argumentos, la cual fue nuevamente declarada No Ha Lugar por el foro primario. Tras evaluar el recurso y el expediente, el Tribunal de Apelaciones deniega el auto de Certiorari solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL | ||
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| Julio Cruz Olmo, Marta M. Sánchez Santiago y la Soc. Legal de Gananciales Recurridos vs. César M. Pérez Morales, Lydia Z. Merced Hernández y la Soc. Legal de Gananciales Peticionarios | KLCE202500434 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Civil Núm.: CG2023CV02539 Sobre: Ejecución de Hipoteca y Cobro de Dinero |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez... |
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