Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. LORENZO MERCADO, FRANKY I
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500418
Año:
2025
Fecha:
30 de abril de 2025
Franky I. Lorenzo Mercado presentó un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Solicitó la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez. Dicha Resolución había declarado No Ha Lugar una solicitud de supresión de evidencia presentada por el peticionario al amparo de la Regla 234 de Procedimiento Criminal. El foro primario también denegó una solicitud de reconsideración posterior. Al examinar el recurso, el Tribunal de Apelaciones requirió al peticionario que acreditara el cumplimiento con ciertas reglas y proveyera volantes de notificación para auscultar jurisdicción. A pesar de conceder extensiones, el peticionario no presentó los volantes de notificación requeridos. Aunque el Tribunal puede prescindir de términos no jurisdiccionales, la Resolución indica que el recurso instado es desestimado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrida v. FRANKY I. LORENZO MERCADO Peticionario | KLCE202500418 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Caso Núm.: ISCR202400814-0815 ISCR202400860-0861 ISCR202400985 I1CR202400133 Sobre: Art. 6.05 Ley 168; Art. 6.22 Ley 168; Art. 404 a Ley 4; Art. 412 a Ley 4; Art. 404 a Ley 4; Art. 246 CP |
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