Partes:
REYES COLON, EDGAR ABNER V. BENABE GONZALEZ, SHEILA LI
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500413
Año:
2025
Fecha:
23 de mayo de 2025
Un panel de jueces, con el Juez Sánchez Ramos como ponente, emitió una sentencia el 23 de mayo de 2025 en un caso de pensión alimentaria. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) había declinado declarar al padre en desacato por la falta de pago de una sanción económica impuesta previamente por el Tribunal de Apelaciones a favor de la madre, limitándose a ordenar su pago en un plazo determinado. El Tribunal de Apelaciones concluyó que el TPI erró al no encontrar al padre incurso en desacato, pues su incumplimiento constituía un desafío voluntario a la autoridad judicial.
La sanción original, impuesta en julio de 2024, ordenaba al padre pagar $1,733.00 por servicios de cuidadora y $3,000.00 por honorarios de abogado, con una penalidad adicional de $200.00 diarios por cada día de retraso. La madre presentó una moción de desacato al no recibir el pago completo, argumentando que la sanción diaria continuaba acumulándose. El padre se opuso, alegando que el desacato civil no aplicaba a sanciones no alimentarias y que estas eran compensables con una supuesta deuda de arrendamiento de la madre.
El TPI resolvió que el desacato civil no procedía para sanciones no alimentarias, fijó la cuantía adeudada por sanciones en $15,400.00 hasta el 4 de octubre de 2024, y ordenó al padre pagar en 45 días. La madre recurrió esta resolución, sosteniendo que el TPI erró al no aplicar el desacato civil, que las sanciones seguían acumulándose y que debió condenar al padre al pago de honorarios de abogado.
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Sánchez Ramos, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de mayo de 2025. En un caso sobre pensión alimentaria, el Tribunal de Primera Instancia ("TPI") declinó declarar al padre incurso en desacato por la falta de pago de cierta sanción económica impuesta por este Tribunal a favor de la madre y, en vez, se limitó a ordenar el pago de la misma en determinado plazo. Según se explica a continuación, concluimos que erró el TPI al no encontrar incurso en desacato al p...
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