Partes:
SABANERA RESIDENTIAL HOLD LLC V. URIA THEIS, LUCAS EMANUEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500385
Año:
2025
Fecha:
21 de mayo de 2025
Lucas Emanuel Uria Theis y Lara Elyse Uria Theis solicitaron un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revocar una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Bayamón. Dicha Orden requería que su representación legal notificara la dirección física y postal, así como el número de teléfono de las partes, en un plazo de cinco días, conforme a la Regla 9.1 de Procedimiento Civil y la Regla 21 de las Reglas para la Administración del TPI. Previamente, el TPI había declarado nula una sentencia anterior contra los peticionarios por falta de jurisdicción sobre la persona, debido a un emplazamiento por edictos defectuoso. A pesar de la nulidad de la sentencia, Sabanera Residential Hold, LLC, la parte recurrida, solicitó el cumplimiento de la Regla 9.1. Los peticionarios argumentaron que el TPI carecía de jurisdicción para emitir tal orden tras declarar la nulidad y que esta afectaba el privilegio abogado-cliente. Sin embargo, el TPI denegó la reconsideración, afirmando que el cumplimiento de estas reglas es una obligación general para la adecuada notificación de las determinaciones judiciales, no supeditada a la adquisición de jurisdicción personal. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de Certiorari, confirmando implícitamente la validez de la orden del TPI.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
|---|---|---|
| SABANERA RESIDENTIAL HOLD, LLC | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón | |
| Recurrida | KLC | Caso Núm.: BY2023CV01703 |
| v. | Sobre: Incumplimiento de Contrato | |
| lucas Emanuel Uria Theis, LARA ELYSE URia Theis | ||
| Peticionarios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Adames Soto y la Jueza Santiago Calderón
Santiago Calderón, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 21 ...
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