Partes:
ORTIZ APONTE, ANA MARIA V. MALDONADO HERNANDEZ, REGALADO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500331
Año:
2025
Fecha:
23 de abril de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en el caso KLCE202500331, relacionado con la liquidación de una comunidad de bienes. El peticionario, Regalado Maldonado Hernández, instó un recurso de certiorari para revisar una Orden del Tribunal de Primera Instancia de Aibonito. Dicha Orden le impuso una sanción de $1,000.00 por incumplimiento. El incumplimiento consistió en no presentar oportunamente informes de valoración de bienes, requeridos para la adjudicación del pleito. La parte recurrida, Ana María Ortiz Aponte, presentó su oposición a la expedición del auto. Tras evaluar la petición y la oposición, el Tribunal de Apelaciones concluyó que no se justifica su intervención. Determinó que no concurren los criterios establecidos en la Regla 40 de su Reglamento para expedir el auto. En consecuencia, el Tribunal denegó la expedición del certiorari solicitado.
ANA MARÍA ORTIZ APONTE,
Recurrida, v.
REGALADO MALDONADO HERNÁNDEZ,
Peticionaria, AIDA LUZ MALDONADO ORTIZ,
PARTE INTERVENTORA.
KLCE202500331
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito.
Civil núm.: AI2022CV00013.
Sobre: liquidación de comunidad de bienes.
Panel integrado por su presidenta, el juez Hernández Sánchez, la jueza Romero García y el juez Candelario Rosa ¹.
Romero García, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 202...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito