Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. DI CRISTINA ACEVEDO, EDGARDO G
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500241
Año:
2025
Fecha:
25 de abril de 2025
Resolución del Tribunal de Apelaciones sobre una petición de Certiorari presentada por Edgardo Di Cristina Acevedo. El peticionario impugna una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez. Dicha resolución del TPI dispuso que nada tenía que proveer sobre una moción de reconsideración del peticionario. La moción de reconsideración solicitaba la corrección de su sentencia de 28 años por violaciones a la Ley de Armas. El TPI indicó que ya había resuelto previamente una solicitud de modificación de sentencia. En su petición de Certiorari, Di Cristina Acevedo alega que su condena excede lo autorizado por ley y cuestiona la actuación del foro primario. Argumenta que el TPI obvió reglas de procedimiento criminal y no aplicó la pena correcta. El Tribunal de Apelaciones evalúa la petición, destacando la naturaleza discrecional del recurso de certiorari.
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Pagán Ocasio, el Juez Marrero Guerrero y la Jueza Boria Vizcarrondo.
Pagán Ocasio, juez ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de abril de 2025.
El 11 de marzo de 2025, el señor Edgardo Di Cristina Acevedo (Di Cristina Acevedo o peticionario), quien se encuentra privado de su libertad bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) en la Institución Correccional Sabana Hoyos 216, presentó por derecho propio y de forma pauperis una petición de Certiorari en la que solicitó que rev...
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