Partes:
APEX BANK V. VAZQUEZ GARCIA, GILBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500236
Año:
2025
Fecha:
5 de mayo de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, mediante Resolución del 5 de mayo de 2025, denegó una Petición de Certiorari presentada por Gilberto Vázquez García, Iris M. Collazo Vázquez y su sociedad legal de gananciales. Los peticionarios solicitaron la revisión de tres dictámenes emitidos por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Guayama. Uno de ellos, una Orden del 18 de febrero de 2025, declaró "No Ha Lugar" una solicitud de término para presentar una réplica y ordenó la eliminación de una réplica ya presentada por co-demandados. Otro dictamen, una Resolución del 25 de febrero de 2025, desestimó la reclamación de los peticionarios sobre el derecho de propiedad o posesión de un instrumento, incluyendo la rescisión de una negociación, al considerarla prescrita bajo la Ley de Transacciones Comerciales. La tercera decisión, una Orden también del 25 de febrero de 2025, refirió el caso al Centro de Mediación Compulsoria. El recurso de certiorari se originó de una demanda de ejecución de hipoteca por la vía ordinaria presentada por Apex Bank en abril de 2022 contra los peticionarios, alegando incumplimiento de pago desde agosto de 2021. Los peticionarios, en su reconvención, negaron las alegaciones y acusaron a Apex Bank de mala fe y de no aplicar correctamente los pagos.
APEX BANK Recurrido V.
GILBERTO VÁZQUEZ GARCÍA, IRIS M. COLLAZO VÁZQUEZ Y LA SOC. LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Peticionario
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Jueza Romero García y la Jueza Martínez Cordero.
Hernández Sánchez, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 5 de mayo de 2025. El 10 de marzo de 2025, el Sr. Gilberto Vázquez García, su esposa, la Sra. Iris Margarita Collazo, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (...
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