Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. LOPEZ ACEVEDO, BENJAMIN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500224
Año:
2025
Fecha:
20 de marzo de 2025
Benjamín López Acevedo compareció ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico mediante certiorari. Solicitó la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó reducir su pena bajo el Artículo 67 del Código Penal. El Tribunal de Apelaciones recordó que el certiorari es un vehículo extraordinario que requiere el cumplimiento de reglas procesales específicas. Se señaló que el recurso debe incluir hechos, señalamientos de error, discusión legal y un apéndice con documentos relevantes. En este caso, el peticionario presentó el recurso de manera incompleta. Omitió documentos, argumentos, fundamentos y citas legales necesarios para evaluar la controversia. Ante la insuficiencia de información, el Tribunal determinó que carecía de la facultad jurisdiccional para expedir el auto. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones denegó expedir el auto de certiorari solicitado por el señor López Acevedo.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrida | KLCE202500224 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla |
| v. | Caso Núm.: A BD2024G0095 | |
| BENJAMÍN LÓPEZ ACEVEDO Peticionario | Sobre: Artículo 195 (Escalamiento Agravado) | |
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Rosa y la Jueza Díaz Rivera. | ||
| Candelaria Rosa, Juez Ponente | ... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito