Partes:
BRITO DIAZ, HECTOR V. SKALAR PHARMA, LLC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500207
Año:
2025
Fecha:
8 de abril de 2025
Peticionarios, incluyendo a Héctor Brito Díaz, solicitaron al Tribunal de Apelaciones revocar una Orden del Tribunal de Primera Instancia de Guayama. Dicha Orden, emitida el 10 de febrero de 2025, declaró No Ha Lugar una Moción de los peticionarios para anotar la rebeldía y dictar sentencia contra la codemandada BIOAPI S.A.S. El caso principal trata sobre cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. Los peticionarios argumentaron que Bioapi no había respondido adecuadamente a los requerimientos de descubrimiento de prueba presentados desde marzo de 2021. Tras revisar el recurso, el Tribunal de Apelaciones determinó denegar el auto de certiorari solicitado. La resolución detalla el historial procesal, destacando las gestiones de descubrimiento y las alegadas deficiencias en las respuestas de Bioapi.
| HÉCTOR BRITO DÍAZ Y OTROS | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama | |
|---|---|---|
| Peticionarios | ||
| KLCE202500207 | Civil Núm.: GM2020CV00404 | |
| V. | ||
| SKALAR PHARMA LLC Y OTROS | Sobre: Cobro de Dinero; Incumplimiento de Contrato; Daños y Perjuicios | |
| Recurridos |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Ronda Del Toro y la Jueza Díaz Rivera
En San Ju...
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