Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS FELICIANO SILVA, LEMUEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500156
Año:
2025
Fecha:
21 de febrero de 2025
El señor Lemuel Feliciano Silva presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Mediante este recurso, solicitó la invalidación de una determinación del Tribunal de Primera Instancia de Fajardo que revocó su probatoria. El Tribunal de Apelaciones procedió a examinar el recurso, prescindiendo de trámites adicionales para su eficiente despacho. Como cuestión preliminar, el Tribunal enfatizó su deber de determinar si posee jurisdicción, explicando que la falta de esta es un defecto insubsanable que impone la desestimación del recurso. Además, se detalló que el certiorari es un mecanismo procesal discrecional para revisar determinaciones interlocutorias. El Tribunal revisa estos recursos considerando criterios específicos establecidos en la Regla 40 de su Reglamento. Tras el examen, el Tribunal anunció la desestimación del presente recurso por los fundamentos que se exponen.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. | KLCE202500156 | CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo |
| LEMUEL FELICIANO SILVA Peticionario | ||
| Panel integrado por su presidenta, la Juez Brignoni Mártir, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Prats Palerm. | ||
| Álvarez Esnard, jueza ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 21 de febrero de 2025. | ||
| Comparece a... |
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