Partes:
DAVILA, IVELISSE V. ACME, PALMAS ATHLETIC CLUB CORP
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500123
Año:
2025
Fecha:
10 de febrero de 2025
Resolución del Tribunal de Apelaciones sobre una Petición de Certiorari presentada por Palmas Athletic Club, Corp. (PAC). PAC solicitó la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su solicitud de sentencia sumaria en un caso de daños y perjuicios por una caída. La demanda original fue presentada por la señora Ivelisse Dávila, quien alegó negligencia por parte de PAC. PAC argumentó que la demandante carecía de prueba de negligencia y que asumió el riesgo al usar una ruta no destinada a peatones. La señora Dávila sostuvo que PAC conocía el uso peatonal del área y la existencia de una depresión peligrosa sin advertencias ni barreras. El TPI denegó la sentencia sumaria al encontrar hechos materiales en controversia, incluyendo la existencia del hoyo, el conocimiento de PAC y su deber de actuar. PAC presentó una moción de reconsideración que también fue denegada por el TPI. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, deniega la expedición del auto de certiorari. Asimismo, declara no ha lugar la Moción en Auxilio de Jurisdicción para paralizar los procedimientos ante el TPI.
Panel integrado por su presidente, el juez Figueroa Cabán, el juez Salgado Schwarz y el juez Monge Gómez
Figueroa Cabán, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 10 de febrero de 2025. Comparece Palmas Athletic Club, Corp, en adelante PAC o la peticionaria, quien solicita que revoquemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, en adelante TPI, el 19 de septiembre de 2024 y notificada el día 20 del mismo mes y año. Mediante la misma, el TPI declaró no ha lugar la solicitud de sentencia sumaria presentada por la peticionaria.
Conforme permi...
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