Partes:
TORAL MUÑOZ, JOSE V. CINTRON PERALES, RAFAEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500085
Año:
2025
Fecha:
11 de febrero de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en respuesta a un recurso de certiorari presentado por Rafael Cintrón Perales. El peticionario busca la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo, que denegó su solicitud de trasladar un caso civil a la Sala de Bayamón. El pleito original fue incoado por José M. Toral Muñoz contra Cintrón Perales y otros, solicitando la remoción de Cintrón Perales como albacea. Cintrón Perales argumentó que el caso debía trasladarse a Bayamón por ser su lugar de residencia, aunque otros codemandados residen en Guaynabo. El TPI-Guaynabo declaró "No Ha Lugar" la solicitud de traslado y una moción de reconsideración posterior. Inconforme, Cintrón Perales acudió al Tribunal de Apelaciones señalando errores en la denegatoria del traslado. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los fundamentos, deniega expedir el recurso de certiorari y la orden en auxilio de jurisdicción.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
|---|---|---|
| JOSE M. TORAL MUÑOZ Recurrido v. | KLCE202500085 | CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guaynabo |
| RAFAEL CINTRON PERALES Y OTROS Peticionario | Caso Núm.: GB2024CV00980 (Salón 202) Sobre: ACEPTACION, RENUNCIA, REMOCIÓN O SUSTITUCIÓN DE ALBACEA | |
| Panel integrado por su presidenta la Juez Juez Ronda del Toro y el Juez Pérez Ocasio | Domínguez Irizarry, el Pérez Ocasio, Juez Ponente |
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