Partes:
PEREZ VELEZ, PEDRO ENRIQUE V. QUICK FOOD SERVICES, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500014
Año:
2025
Fecha:
20 de febrero de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un recurso de certiorari presentado por Quick Food Services, Inc. La empresa busca revocar una decisión del Tribunal de Primera Instancia en un caso de daños y perjuicios e interdicto instado por Pedro Enrique Pérez Vélez. El señor Pérez Vélez demandó a Quick Food alegando la existencia de barreras arquitectónicas en uno de sus establecimientos, en violación de la Ley ADA. Quick Food presentó una moción de desestimación, argumentando que el demandante carecía de legitimación activa por no haber alegado daños concretos. El señor Pérez Vélez se opuso, sosteniendo su legitimación como cliente y "tester", y el riesgo de daño futuro. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de desestimación, concluyendo que la intención de regresar a un establecimiento con barreras arquitectónicas es suficiente para la legitimación activa bajo la Ley ADA. En desacuerdo con esta determinación, Quick Food acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. Mediante esta resolución, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por Quick Food.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
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| PEDRO ENRIQUE PÉREZ VÉLEZ Recurrida V. QUICK FOOD SERVICES, INC. Peticionario | KLCE202500014 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Civil Núm.: SG2023CV00220 Sobre: Petición de Orden Daños y Perjuicios |
| Panel integrado por su presidenta, la juez Brignoni Mártir, la jueza Alvarez Esnard, y la jueza Prats Palerm | ||
| Brignoni Mártir, Juez Ponente | ||
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