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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202401397

GONZALEZ RIVERA, FELICITA V. MENDEZ GONZALEZ, RAMON EDUARDO

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

GONZALEZ RIVERA, FELICITA V. MENDEZ GONZALEZ, RAMON EDUARDO

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202401397

Año:

2025

Fecha:

6 de febrero de 2025

Resumen

Las señoras Felícita y Eloísa González Rivera instaron un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Buscaban revocar una Resolución y Orden emitida por el foro primario el 9 de octubre de 2024. En dicha resolución, el tribunal de instancia determinó que ciertas partes eran indispensables para el pleito. Por ello, ordenó a las demandantes (peticionarias) que las incluyeran y emplazaran, o que desistieran de la acción. La parte recurrida compareció y se opuso a la expedición del auto. Tras examinar los escritos, el Tribunal de Apelaciones concluyó que su intervención no se justifica. Consideró que no concurren los criterios establecidos en la Regla 40 de su Reglamento para expedir el auto solicitado. En consecuencia, el Tribunal denegó la expedición del recurso de certiorari.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X

FELÍCITA GONZÁLEZ RIVERA y ELOÍSA GONZÁLEZ RIVERA,

Peticionaria, v.

RAMÓN EDUARDO MÉNDEZ GONZÁLEZ, GLORIA LÓPEZ ARROYO, ambos por sí y como componentes de la sociedad legal de bienes gananciales, la sociedad legal de bienes gananciales; NILDA ESTHER GONZÁLEZ RIVERA,

Recurrida. Panel integrado por su presidenta, la juez Lebrón Nieves, la jueza Romero García y el juez Rivera Torres.

Romero García, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de febrero de 2025. El 26 de diciembre de $2024^{1}$, la parte ...

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