Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RODRIGUEZ CALDERIN, ROBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202401375
Año:
2025
Fecha:
29 de enero de 2025
El Pueblo de Puerto Rico instó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para impugnar una decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en Ponce. El Pueblo solicitaba revocar una Minuta de vista en la que el TPI denegó su petición para revocar la probatoria de Roberto Rodríguez Calderín en un caso bajo la Ley 54. Alegó que el TPI abusó de su discreción al no revocar la probatoria a pesar de la prueba de incumplimiento. El señor Rodríguez Calderín presentó una oposición al recurso. El Tribunal de Apelaciones resolvió desestimar el certiorari. La desestimación se basa en consideraciones jurisdiccionales relacionadas con la naturaleza de la Minuta como documento recurrible. El Tribunal explica que, conforme a la Regla 32(b), una Minuta solo activa los términos para recurrir si incluye una resolución u orden firmada por el juez y es debidamente notificada a las partes. Se enfatiza el deber del tribunal de velar por su jurisdicción.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Parte Peticionaria | KLCE202401375 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce |
| v. | Crim. Núm.: J LE2023G0018 J LE2023G0019 J LE2023G0084 | |
| ROBERTO RODRÍGUEZ CALDERÍN Parte Recurrida | Sobre: Art. 3.1 Ley 54 (3c) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Pagán Ocasio y el Juez Rodríguez Flores
Rodríguez Flores, juez ...
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