Partes:
A DE PUERTOS DE PR V. JOHN DOE T/C/C EMMETT CALDWELL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202401354
Año:
2024
Fecha:
18 de diciembre de 2024
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una resolución sobre un recurso de Certiorari presentado por el Sr. Emmett Caldwell, quien litiga como indigente y por derecho propio. El caso subyacente en el Tribunal de Primera Instancia fue iniciado por la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico contra Caldwell por una embarcación abandonada que obstruía el tráfico marítimo. El peticionario presentó el recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones antes de que concluyeran los procedimientos en el foro primario. Tras evaluar el escrito, el Tribunal de Apelaciones determinó que el recurso incumplía con su Reglamento. Particularmente, el peticionario no identificó el dictamen del cual recurría ni señaló error alguno, requisitos esenciales según la Regla 34(C) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. El tribunal subrayó la obligación de los tribunales de ser celosos guardianes de su jurisdicción y la necesidad de cumplir con las formalidades procesales. El incumplimiento con estos requisitos priva al Tribunal de Apelaciones de jurisdicción para entender en el recurso. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal desestimó el recurso de Certiorari.
Panel integrado por su presidenta la juez Lebrón Nieves, la jueza Romero García y el juez Rivera Torres.
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2024. Comparece ante este Tribunal de Apelaciones, como indigente y por derecho propio, el Sr. Emmett Caldwell (el peticionario), mediante el recurso de Certiorari de epígrafe. ¹
Por los fundamentos que expondremos a continuación, desestimamos el recurso por incumplimiento con nuestro Reglamento, lo cual nos priva de jurisdicción para entender en el mismo.
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