Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RUIZ LOPEZ, ROLANDO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202401337
Año:
2024
Fecha:
12 de diciembre de 2024
La presente Resolución del Tribunal de Apelaciones atiende una Petición de Certiorari presentada por el señor Rolando Ruiz López. El peticionario impugnó una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Mayagüez que declaró no ha lugar su solicitud de desestimación. Dicha solicitud se basaba en la alegada violación a su derecho constitucional a un juicio rápido y a la Regla 64(n)(5) de Procedimiento Criminal. El peticionario argumentó que hubo una dilación excesiva y atribuible al Estado en la celebración de la vista preliminar. Además, presentó una Moción en Auxilio de Jurisdicción solicitando la paralización de los procedimientos, incluyendo una vista pautada para el día siguiente. El Tribunal de Apelaciones, ejerciendo su facultad discrecional para expedir autos de certiorari, evaluó la petición. Considerando los fundamentos que expondrá, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari. Como resultado, la Moción en Auxilio de Jurisdicción también fue declarada no ha lugar.
Panel integrado por su presidente, el juez Figueroa Cabán, el juez Salgado Schwarz y el juez Monge Gómez
En San Juan, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2024. Comparece el señor Rolando Ruiz López, en adelante el peticionario, quien solicita que revoquemos la Resolución emitida el 4 de noviembre de 2024 y notificada el día 12 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, en adelante TPI. Mediante la misma el TPI declaró no ha lugar la solicitud de desestimación presentada por la defensa del peticionario bajo la Regla 64(n) (5) de las de Procedimi...
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