LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202401326

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. SUCESION DE JUAN ANTONIO REYES RIOS

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. SUCESION DE JUAN ANTONIO REYES RIOS

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202401326

Año:

2025

Fecha:

21 de febrero de 2025

Resumen

Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de ejecución de hipoteca incoado por Banco Popular contra la Sucesión de Juan Antonio Reyes Ríos. La Sucesión recurre en Certiorari para revisar una Orden del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón de 7 de noviembre de 2024. Dicha Orden denegó una Moción en Solicitud de Remedio presentada por la Sucesión. En su recurso, la Sucesión alega que el foro primario erró al autorizar la continuación de los procedimientos sin completar la evaluación de mitigación de pérdidas. Argumentan que entregaron los documentos requeridos y que el caso debió paralizarse y referirse a mediación compulsoria. También impugnan la decisión de pautar una vista presencial sobre el estado de los procedimientos. El documento expone el trasfondo fáctico y procesal que fundamenta la controversia ante el Tribunal de Apelaciones.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA
TRIBUNAL DE APELACIONES
PANEL IV

Banco Popular de
Puerto Rico
DEMANDANTE(S)-RECURRIDA(S)
KLCE202401326Certiorari
procedente del Tribunal
de Primera Instancia, Sala
Superior de Bayamón
V.Caso Núm.
D CD2016-0645 (702)
Sucesión de Juan Antonio
Reyes Ríos
DEMANDADA(S)-PETICIONARIA(S)
Sobre:
Ejecución de Hipoteca

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y la Juez Barresi Ramo...

Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito