Partes:
ABDUL HADI, ANWAR V. BORIMETALS, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202401316
Año:
2024
Fecha:
18 de diciembre de 2024
Anwar Abdul-Hadi y Lucia Figueredo presentaron un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Solicitaban la revocación de una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Dicha Orden declaró "No Ha Lugar" una moción de los Recurrentes. En esa moción, alegaban que los Peticionarios (Borimetals Inc., Carmen E. Santos Cortés, y otros) incumplieron con el término provisto para contestar un Requerimiento de Admisiones. El Tribunal de Apelaciones, luego de deliberar, decidió no intervenir con la determinación del foro primario. La corte apelativa no encontró que el Tribunal de Primera Instancia actuara mediando prejuicio, parcialidad, error manifiesto o craso abuso de su discreción. Tampoco divisó fundamentos jurídicos que motivaran la expedición del auto al amparo de los criterios dispuestos por la Regla 40 de su Reglamento. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
| ANWAR ABDUL-HADI, LUCÍA FIGUEREDO y la SOCIEDAD de BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR AMBOS Recurrido | KLCE202401316 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas |
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| V. | Civil. Núm.: CG2024CV01659 | |
| BORIMETALS INC., CARMEN E. SANTOS CORTÉS, y OTROS Peticionario | SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO; DAÑOS Y PERJUICIOS; ENRIQU... |
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