Partes:
BERRIOS ANAYA, NYLDA V. SUPERMERCADO PUEBLO ARROYO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202401311
Año:
2025
Fecha:
27 de febrero de 2025
Nylda Berrios Anaya demandó a Supermercado Pueblo por daños tras una caída en sus instalaciones. Supermercado Pueblo presentó una demanda contra tercero contra Dust Control Services, alegando responsabilidad por la alfombra que causó la caída, fundamentada en incumplimiento contractual y responsabilidad extracontractual. Dust Control Services solicitó la desestimación de la demanda contra tercero, argumentando que la reclamación extracontractual estaba prescrita al haber transcurrido el término de un año. Supermercado Pueblo se opuso, sosteniendo que la demanda se basaba en responsabilidad contractual, sujeta a un término prescriptivo de quince años bajo el Código Civil de 1930. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la moción de desestimación, determinando que las alegaciones se fundamentaban en incumplimiento contractual. Dust Control Services presentó un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar dicha resolución. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta resolución, deniega la expedición del auto de Certiorari.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL | ||
|---|---|---|
| NYLDA BERRIOS ANAYA Demandante-Recurrida v. | KLCE202401311 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama |
| SUPERMERCADO PUEBLO Y OTROS | Caso Núm.: AY2023CV00068 | |
| Demandado-Recurrido | Sobre: Daños y perjuicios | |
| DUST CONTROL SERVICES OF PUERTO RICO, INC. | ||
| Tercero DemandadoPeticionario |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Pérez Ocasio y el Juez Sánchez Báez....
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