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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202401292

POPULAR AUTO, LLC. V. LINARES RAMOS, KEILA

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

POPULAR AUTO, LLC. V. LINARES RAMOS, KEILA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202401292

Año:

2025

Fecha:

4 de febrero de 2025

Resumen

Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de Certiorari presentada por Keila M. Linares Ramos y Julio Moll Arce. Solicitan la revisión de la denegatoria del Tribunal de Primera Instancia a su moción de desestimación en un pleito de cobro de dinero iniciado por Popular Auto, LLC. Popular Auto demandó a los peticionarios por alegado incumplimiento de un contrato de venta al por menor a plazos de un vehículo de 2011, reclamando una deuda de más de $15,000. Los peticionarios solicitaron la desestimación, argumentando que la demanda era insuficiente por omitir la fecha de incumplimiento y que la reclamación estaba prescrita. Alegaron que aplicaba un término prescriptivo más corto (tres o cuatro años), haciendo que la demanda presentada en 2024 estuviera fuera de término. Popular Auto se opuso, sosteniendo que aplicaba el término prescriptivo de quince años para acciones personales bajo el Código Civil de 1930. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación, determinando la ausencia de un pagaré y aplicando el término de quince años, concluyendo que la acción no estaba prescrita. Los peticionarios recurrieron al Tribunal de Apelaciones, alegando errores en la determinación sobre la suficiencia de las alegaciones y la defensa de prescripción.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
Panel XII
POPULAR AUTO, LLCCertiorari
procedente del
Tribunal de Primera
Instancia, Sala
Superior de Adjuntas
Peticionaria
V.
KEILA M. LINARES RAMOS, SU ESPOSO, JULIO MOLL ARCE, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR AMBOS COMPUESTAKLCE202401292Caso Núm.
AD2024CV00061
(SALÓN 1)
RecurridaSobre:
COBRO DE DINERO -
ORDINARIO

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Ros...

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