Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. ROSADO MATIAS, HECTOR ALEJANDRO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202401093
Año:
2025
Fecha:
23 de mayo de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Sentencia en el caso KLCE202401093, donde Héctor Alejandro Rosado Matías interpone un recurso de certiorari. El peticionario busca revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su Moción de Supresión de Evidencia, presentada tras ser acusado por infracciones a la Ley de Sustancias Controladas y la Ley de Armas. Rosado Matías alegó que la evidencia (armas y drogas) fue obtenida ilegalmente sin orden de registro, producto de un testimonio estereotipado y una confidencia no investigada sobre la violación de condiciones del Programa de Servicios con Antelación al Juicio (PSAJ).
El Ministerio Público se opuso, argumentando que existían motivos fundados basados en la corroboración de la manipulación de un grillete y que la evidencia fue abandonada por el peticionario al huir, haciendo innecesaria una orden. Tras una vista, el TPI evaluó la prueba testifical y documental, concluyendo que la Policía de Puerto Rico tuvo motivos fundados para la intervención y que la incautación de evidencia y el arresto fueron legales. El foro primario otorgó credibilidad al testimonio detallado del Agente Lorenzo Bonet, corroborado por un oficial del PSAJ.
Inconforme, Rosado Matías plantea que el TPI erró al denegar la supresión, pues el Ministerio Público no rebatió la presunción de ilegalidad del registro sin orden basado en datos del PSAJ, ni la ilegalidad del arresto sin orden y sin motivos fundados, y que los testimonios de los agentes eran estereotipados. La Oficina del Procurador General, en representación del Pueblo, se opuso a la solicitud del recurrido.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Panel VIII | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE202401093 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez |
| v. | Crim. Núms. ISCR202300658, ISCR202300670, I1CR20200208 | |
| HÉCTOR ALEJANDRO ROSADO MATÍAS Peticionario | Sobre: Art. 401 Ley 4 (2); Art. 412 Ley 4; Art. 6.05 Ley 168 (5); Art. 612 Ley 168; Art. 6.22 Ley 168 (4); Desacato Criminal | |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Adames Soto ... |
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