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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202401072

MALDONADO SUAREZ, FERNANDO V. ZURZOLO CHINSKI, ARIELLE

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

MALDONADO SUAREZ, FERNANDO V. ZURZOLO CHINSKI, ARIELLE

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202401072

Año:

2024

Fecha:

25 de octubre de 2024

Resumen

Sentencia enmendada del Tribunal de Apelaciones en un recurso de certiorari presentado por Fernando Maldonado Suárez. El peticionario impugnó una orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un pleito de divorcio. Dicha orden declaró no ha lugar su solicitud de reconsideración de una decisión previa. El peticionario solicitaba la celebración de una vista expedita bajo el Artículo 603 del Código Civil de 2020 para obtener un decreto provisional de custodia compartida. El TPI había cancelado la vista pautada y refirió el asunto a la unidad social para evaluación. El peticionario alegó que el TPI abusó de su discreción al cancelar la vista expedita y referir el caso sin la determinación provisional. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari y revocó la orden recurrida. Devolvió el caso al TPI para la continuación de los procedimientos de forma consistente con la sentencia. La sentencia fue enmendada para autorizar al TPI a celebrar la vista bajo el Artículo 603 sin esperar la notificación del mandato.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, la Jueza Domínguez Irizarry y el Juez Monge Gómez. ¹

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA ENMENDADA EN RECONSIDERACIÓN ²

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2024. Comparece el señor Fernando Maldonado Suárez, en adelante el señor Maldonado o el peticionario, quien solicita que revoquemos la orden expedida el 16 de septiembre de 2024 y notificada el día 17 del mismo mes y año. Mediante la misma, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en adelante TPI, declaró no ha lugar la solicitud de Rec...

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