Partes:
DEPARTAMENTO DE EDUCACION V. SINDICATO PUERTORRIQUEÑO DE TRABAJADORES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202401006
Año:
2024
Fecha:
21 de octubre de 2024
El Sindicato Puertorriqueño de Trabajadores solicitó al Tribunal de Apelaciones revocar una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que había dejado sin efecto un laudo arbitral. El arbitraje se originó por la suspensión de un empleado del Departamento de Educación, la cual la Unión impugnó bajo el convenio colectivo. La controversia principal giró en torno a la interpretación del término de 90 días para notificar una sanción disciplinaria. El árbitro determinó que la acción disciplinaria estaba prescrita, al entender que el término comenzaba desde la notificación de intención de formular cargos, y ordenó la restitución del empleado. El Departamento de Educación recurrió al TPI, argumentando una interpretación errónea del convenio y la ley por parte del árbitro respecto al cómputo del término. El TPI le dio la razón al Departamento de Educación y revocó el laudo arbitral. Ante esto, el Sindicato acudió al Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de certiorari. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta Resolución, deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por el Sindicato.
| {ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV} | ||
|---|---|---|
| Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan | ||
| DEPARTAMENTO DE | ||
| EDUCACIÓN | ||
| Recurrido | ||
| v. | ||
| SINDICATO | KLCE202401006 Caso Número: SJ2024CV05591 | |
| PUERTORRIQUEÑO DE | ||
| TRABAJADORES | ||
| Peticionario | ||
| COMISIÓN APELATIVA | ||
| DEL SERVICIO PÚBLICO Agencia Administrativa |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón,...
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