Partes:
FERRARI, DOMENICO V. HOSPITAL SAN LUCAS PONCE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400967
Año:
2024
Fecha:
16 de diciembre de 2024
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones el doctor Jorge L. Martínez Trabal mediante certiorari. Solicita la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de sentencia sumaria parcial. La demanda original fue incoada por la familia Ferrari/López de Jesús contra el Hospital San Lucas Ponce y varios doctores por alegada negligencia médica que resultó en la amputación de las piernas del señor Ferrari. Los demandantes reclaman una cuantiosa compensación por daños y perjuicios. El doctor Martínez Trabal pidió limitar su responsabilidad a los topes establecidos por la Ley de Centros Médicos Académicos Regionales (Ley 136-2006). Argumentó que actuaba en su capacidad de profesor y supervisor en un Centro Médico Académico Regional al momento de los hechos. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar dicha solicitud. El Tribunal de Apelaciones expide el auto de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revoca el pronunciamiento impugnado del foro primario.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
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| DOMÉNICO FERRARI, CARMEN LOURDES LÓPEZ DE JESÚS y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, MARÍA DE LOURDES KAMILA GARCÍA LÓPEZ Y GABRIELA VÁZQUEZ GARCÍA Recurrido v. HOSPITAL SAN LUCAS PONCE; DR. JORGE LUIS MARTÍNEZ TRABAL y otros Peticionario | KLCE202400967 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm.: PO... |
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