Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RIVERA FELIX, REY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400950
Año:
2024
Fecha:
10 de septiembre de 2024
El Sr. Rey Rivera Félix, miembro de la población correccional, solicitó al Tribunal de Apelaciones la revisión de una Sentencia dictada en su contra por el Tribunal de Primera Instancia de Caguas. En su recurso, pidió específicamente que se enmendara la Sentencia para reducir su pena en un 25%. El Tribunal de Apelaciones examinó la solicitud y resolvió desestimar el recurso. La desestimación se basa en la falta de jurisdicción del Tribunal de Apelaciones para atender la petición en este momento. El Tribunal determinó que el recurso es prematuro. La cuestión de la enmienda a la Sentencia no ha sido presentada ni considerada previamente por el Tribunal de Primera Instancia. El peticionario debe presentar su solicitud de enmienda de pena ante el Tribunal de Primera Instancia. Solo después de que el Tribunal de Primera Instancia emita un dictamen sobre el asunto, el peticionario podrá, de ser necesario, recurrir al Tribunal de Apelaciones para su revisión. Por tanto, el recurso se desestima por prematuro conforme a las reglas procesales aplicables.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE202400950 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia de Caguas |
| V. | Núm Caso: E BD2019G0369 | |
| REY RIVERA FÉLIX Peticionario | Sobre: Delito Contra Bienes/Derecho Patrimonial |
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez.
En San Juan, Puerto Rico, a 10 de ...
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