Partes:
COLON VEGA, ILIANA V. OJEDA DAVILA, EDUARDO BENIGNO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400944
Año:
2024
Fecha:
16 de septiembre de 2024
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari en un caso de desahucio en precario. Iliana Colón Vega demandó a Eduardo B. Ojeda Dávila alegando que este ocupa sin título una propiedad de la herencia de su padre. Ojeda Dávila compareció especialmente, reclamando ser poseedor y dueño de la propiedad, además de acreedor de la sucesión, y cuestionando la legitimación activa de la demandante y la jurisdicción del tribunal. El Tribunal de Primera Instancia emitió una orden indicando que resolvería el asunto jurisdiccional y ordenando al demandado nombrar representación legal para el juicio en su fondo. En desacuerdo con dicha orden, Ojeda Dávila acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari, imputando varios errores al foro primario. Tras revisar la petición, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
Recurrido v.
Peticionario
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Salinas
Civil Núm.: SA2024CV00217
Sobre: Desahucio en Precario
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y la Juez Barresi Ramos.
Cintrón Cintrón, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de septiembre de 2024. Mediante Certiorari Civil, comparece ante este Foro, por derecho propio y sin someterse a l...
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