Partes:
RAMOS GALARZA, EDWARD V. HOSPITAL RYDER MEMORIAL, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400893
Año:
2024
Fecha:
23 de agosto de 2024
En un caso de supuesta impericia médica iniciado en 2011, los demandantes alegaron negligencia relacionada con un brote de tuberculosis que causó una muerte. Años después de cerrado el descubrimiento de prueba, los demandantes solicitaron al Tribunal de Primera Instancia (TPI) reabrirlo de forma limitada y permitir que una perito, la Dra. Martínez, declarara sobre aspectos epidemiológicos. Los demandados se opusieron, argumentando que el descubrimiento había concluido hace años y que el alcance del testimonio pericial y el uso de la deposición de otro perito fallecido ya estaban definidos o se decidirían en juicio. El TPI denegó la solicitud inicial de los demandantes en mayo de 2024. Tras una moción de reconsideración, el TPI reiteró su negativa en julio de 2024. Inconformes, los demandantes presentaron un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, impugnando la decisión del TPI sobre la perito y el descubrimiento. El Tribunal de Apelaciones, ejerciendo su discreción, declinó intervenir en esta etapa con la determinación recurrida.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
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| EDWARD RAMOS GALARZA Y OTROS Peticionarios | KLCE202400893 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao |
| v. | Caso núm.: HSCI201100033 (206) | |
| HOSPITAL RYDER MEMORIAL, INC. Y OTROS | Sobre: Impericia Médica | |
| Recurridos | Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Pagán Ocasio y el Juez Rodríguez Flores. | |
| Sánchez Ramos, Juez Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
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